Una de las consultas más frecuentes en CLM Advocats, nuestro despacho de abogados en Manresa especializado en Sucesiones, es si legalmente se puede desheredar a un hijo. En el Derecho civil catalán, a diferencia del Código Civil común, existen particularidades importantes respecto a la legítima y la desheredación. La ley contempla causas específicas que permiten excluir a un hijo del testamento.
¿Qué es la legítima?
En el Derecho civil catalán, la legítima es un derecho de crédito a favor de determinados herederos forzosos (legitimarios), fundamentalmente los hijos y, en su defecto, los descendientes. Este derecho representa una cuarta parte del valor de la herencia, que se divide entre todos los legitimarios por partes iguales. Es decir, no otorga un derecho sobre bienes concretos, sino una parte económica exigible a los herederos.
¿Cuándo se puede desheredar?
El Código Civil de Cataluña (Libro IV del Código Civil de Cataluña, art. 451-17) permite privar de la legítima a un hijo en determinados casos tasados, por ejemplo:
- Maltrato grave al causante, sea físico o psicológico.
- Denegación injustificada de alimentos al causante.
- Atentado contra la vida o integridad del causante o de personas allegadas.
- Acusación falsa de delito con pena grave.
- Haber sido privado de la patria potestad por causa imputable al legitimario.
La causa debe constar de forma expresa y justificada en el testamento. No basta con mencionarla: debe ser cierta y demostrable.
¿Qué pasa si el hijo desheredado impugna?
El hijo desheredado puede impugnar la decisión judicialmente. Si no ha quedado probada la causa, el heredero recupera sus derechos.
Si estás considerando modificar tu testamento, es fundamental contar con el asesoramiento de expertos en herencias y derecho sucesorio. En CLM Advocats, abogados en Manresa, te ayudamos a redactar un testamento legalmente sólido y evitar conflictos familiares futuros.



